Los países: Constitucionalismo
mexicano
Constitucionalismo mexicano, proceso seguido por
el Estado mexicano para crear las leyes que han configurado históricamente su
ordenamiento constitucional.
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ANTECEDENTES
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José María Morelos y Pavón
La Constitución de Apatzingán, la primera
ley fundamental redactada en México, sancionada en 1814, tuvo en el sacerdote e
insurgente José María Morelos y Pavón a su principal inspirador. Éste se había
convertido en el caudillo de la emancipación mexicana tras la ejecución de
Miguel Hidalgo y Costilla en 1811. Fue capturado por los españoles en noviembre
de 1815 y fusilado.
Los antecedentes constitucionales
en México se inician con la española Constitución de Cádiz de 1812, vigente en
el país por dos periodos. Posteriormente, la Constitución de Apatzingán,
sancionada en esa población el 22 de octubre de 1814, fue la primera ley
fundamental redactada en el país, resultado del Congreso de Chilpancingo. Se
atribuye a José María Morelos y Pavón la inspiración de este ordenamiento
liberal que, debido a la guerra de Independencia respecto de España, no entró
en vigor. La inestabilidad económica, política y social que caracterizó la vida
del país durante el siglo XIX, originó que México tuviera seis constituciones
en ese periodo. De ellas, tres son federalistas: la Constitución de 1824, el
acta Constitutiva y de Reformas de 1847 y la Constitución de 1857. Las
constituciones centralistas son, por su parte, la conocida con el nombre de
Siete Leyes de 1836 y la llamada Bases para la Organización de la República, de
1843. De otro lado, el Estatuto del Imperio (1865) puede ser considerado,
aunque no pasó de un proyecto constitucional, como la sexta constitución
mexicana del siglo XIX.
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CONSTITUCIÓN DE 1824
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Fue el primer ordenamiento
jurídico en forma que estuvo en vigor en la época independiente de México.
Estableció un gobierno republicano, representativo y federal. Gran parte de
este ordenamiento se inspiró en la Constitución española de 1812 redactada y
aprobada por las Cortes de Cádiz. Sin embargo, en lo concerniente a la
distribución de la representatividad, tomó lo expuesto en la Constitución
estadounidense. Así, la Cámara de Senadores, órgano para representar a los
estados, se formó con dos senadores por entidad; en tanto que la de Diputados,
representante de la población, se integró con un diputado por cada ochenta mil
habitantes. Cada estado elegía sus gobernadores y legislaturas, cobraba sus impuestos
y contribuía para sostener al gobierno federal con una cantidad fija, que
variaba según la población y riqueza de cada estado. Esto provocó que el nuevo
gobierno fuera económicamente débil. El proyecto jurídico comenzó a discutirse
el 1 de abril de 1824 y se aprobó el 3 de octubre de ese año, con el nombre de
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Se mantuvo en vigor hasta
1835 sin registrar enmiendas.
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LAS SIETE LEYES
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El 30 de diciembre de
1836, el Congreso sustituyó la Constitución de 1824 por las denominadas Siete
Leyes, que suprimieron el sistema federal estableciendo una república central.
Además, instituyó, por encima de los tres poderes, el llamado Supremo Poder
Conservador. Con este cuerpo de leyes se restringieron las libertades de la
mayoría de la población, privilegiando a los grupos más poderosos en lo
económico y político. Durante la vigencia de esta Constitución se produjo la
separación de Texas.
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BASES ORGÁNICAS O BASES DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA
MEXICANA
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Con este ordenamiento jurídico
se organizó la nación en República centralista y se abrogó el Supremo Poder
Conservador, dividiéndose el poder público en legislativo, ejecutivo y
judicial. Se garantizó la igualdad, libertad y seguridad jurídica para todos
los ciudadanos. Se aprobó el 14 de junio de 1843 y tuvo vigencia poco más de
tres años.
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ACTA CONSTITUTIVA Y DE REFORMAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
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Mediante su aplicación se
restauró el sistema federal de gobierno y se declaró vigente, con algunas
reformas, la Constitución de 1824. Fue aprobada el 21 de mayo de 1847.
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CONSTITUCIÓN DE 1857
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Benito Juárez
La Constitución promulgada el 11 de
marzo de 1857 implantó el federalismo y el establecimiento de una república
representativa basada en la defensa de las garantías individuales. Pero cuando
nueve meses después el general Félix María Zuloaga se pronunció en contra de
ella, y dio comienzo la guerra de Reforma, el orden constitucional estuvo
suspendido. En 1861, con el triunfo liberal de Benito Juárez y el añadido de
las Leyes de Reforma de 1859, se aplicó por un breve plazo hasta la
Intervención francesa de 1862. Cinco años más tarde, volvió a entrar en vigor.
Hijo de campesinos zapotecas, Benito Juárez nació en 1806. Era presidente de la
Suprema Corte de Justicia cuando el 19 de enero de 1858 asumió la presidencia
provisional de la República para oponerse al pronunciamiento de Zuloaga.
Vencedor de la guerra de Reforma, en 1861 fue elegido presidente
constitucional. El archiduque de Austria, impuesto por el emperador francés
Napoleón III a petición de los sectores monárquicos mexicanos, se convirtió en
emperador de México en 1864 con el nombre de Maximiliano I. Tras la derrota
imperial en 1867, Juárez resultó reelegido presidente, iniciándose así la
restauración de la República. Falleció en 1872.
Esta Carta política destacó
los derechos del hombre como la base de las instituciones, la libertad y la
igualdad de todos ante la ley. Consagró las libertades de enseñanza, trabajo,
pensamiento, petición, asociación, comercio e imprenta. Implantó el federalismo
y el establecimiento de una república representativa. Depositó el poder
ejecutivo en un solo individuo. Su división política se estructuró en
veinticinco estados, un territorio y un distrito federal. Esta Constitución no
difirió mucho de la promulgada en 1824 en cuanto a la organización del Estado y
su pronunciamiento fundamental fue en favor de las garantías individuales. Se
promulgó el 11 de marzo de 1857. Sin embargo, el 17 de diciembre de ese año, el
general Félix María Zuloaga se pronunció en contra de ella, iniciándose la
guerra de Reforma, o de los Tres Años, lapso en el cual estuvo suspendido el
orden constitucional. En 1861, con el triunfo de los liberales, se aplicó por
un breve plazo, para invalidarse con la Intervención francesa en 1862. Fue
hasta la Restauración de la República en 1867, cuando se aplicó cabalmente este
ordenamiento. Conviene señalar que a su clausulado original se añadieron las
Leyes de Reforma de 1859, que nacionalizaron los bienes eclesiásticos,
suprimieron la propiedad comunal de los indígenas y establecieron la tolerancia
de cultos, el matrimonio, el registro civil y la secularización de los
cementerios.
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ESTATUTO DEL IMPERIO
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El 10 de abril de 1865
expidió el emperador Maximiliano I el Estatuto Provisional del Imperio
Mexicano, que en cierta forma anticipó un proyecto de constitución, sin llegar
a establecer un régimen constitucional, y depositó en el Emperador la
soberanía. Su vigencia fue casi nula.
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CONSTITUCIÓN DE 1917
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Este magno cuerpo de leyes,
producto de la Revolución Mexicana, conservó las garantías individuales
establecidas en la Constitución liberal de 1857. La forma de gobierno continuó
siendo republicana, representativa, democrática y federal. Se mantuvo la
división de poderes en legislativo, ejecutivo y judicial. El primero, subdividido
en dos cámaras: una de diputados y otra de senadores, elegidos directamente por
el pueblo. El presidente de la República sería escogido por votación directa y
duraría en el cargo cuatro años (en virtud de una reforma, ampliado luego a
seis), sin que pudiera ser reelecto. Además, en su articulado se incluyeron dos
secciones novedosas: las correspondientes a los derechos agrarios y a los
derechos de los trabajadores, ambos colectivos y no individuales. Se promulgó
el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año. Es la
única constitución que ha tenido México en el siglo XX.
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